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dc.contributor.advisorPantigoso Bustamante, Víctor A.es_ES
dc.contributor.advisorBernal Gordillo, Julio Rolandoes_ES
dc.contributor.authorLópez Vásquez, Katherine Del Rosario
dc.date.accessioned2021-12-29T00:06:53Z
dc.date.available2021-12-29T00:06:53Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12990/4626
dc.description.abstractEl problema de la presente investigación es: ¿Por qué la Ley de Tributación Municipal Dec. Leg. N° 776 excluye a las personas en extrema pobreza carentes del beneficio de deducción en el pago del impuesto predial vulnerándoles el principio de Prohibición a la Confiscatoriedad? Lamentablemente a las personas en extrema pobreza al no beneficiarlas con la deducción del pago del Impuesto Predial se les vulnera el principio de no confiscatoriedad. El objetivo general, es “Analizar la Ley de Tributación Municipal Dec. Leg. N° 776 que excluye a las personas en extrema pobreza carentes del beneficio de deducción en el pago del Impuesto Predial vulnerándoles el principio de Prohibición a la Confiscatoriedad”. Subsiguientemente la hipótesis, planteada: “Es probable que la modificatoria de la Ley de Tributación Municipal Dec. Leg. N° 776 que incorpore a las personas en extrema pobreza carentes del beneficio de deducción en el pago del Impuesto Predial se les garantice el principio de Prohibición a la Confiscatoriedad”. Ahora el tipo de investigación es “explicativo”, se ve reflejada en la forma de ejecución y en el contenido. Finalmente concluimos, después de un exhaustivo análisis, que en la Ley de Tributación Municipal Dec. Leg. N° 776 se excluye a las personas en extrema pobreza, observándose claramente la falta de ingresos económicos de los pobres extremos, que tienen una canasta básica de menos de S/. 176 (ciento setenta y seis soles) para poder vivir, lo que no les permite solventar el pago del Impuesto Predial vulnerándoseles de esa manera el principio de Prohibición a la Confiscatoriedad, puesto que el Estado les ha impuesto cantidades pecuniarias que no pueden solventar, por su escaza capacidad contributiva. Así mismo se estableció que lamentablemente que la Ley de Tributación Municipal Dec. Leg. 776, al excluir a las personas de extrema pobreza dentro del beneficio de deducción del pago del Impuesto Predial, se les está vulnerando el Principio de prohibición a la confiscatoriedad que todos los peruanos tenemos, ya que después por la ausencia de este pago podrían devenir una serie de medidas cautelares como por ejemplo los embargos, colocándolos a los pobres extremos en una situación aún mucho más desfavorable a su existencia.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Alas Peruanases_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.subjectVulneración de Principioes_ES
dc.subjectLey de Tributación Municipal Dec.Leg.N°776es_ES
dc.subjectDeducción Impuesto Prediales_ES
dc.subjectExtrema Pobrezaes_ES
dc.titleLa vulneración del principio de prohibición a la confiscatoriedad en la Ley de Tributación Municipal Dec.Leg.N°776 que excluye a las personas en extrema pobreza carentes del beneficio de deducción en el pago del impuesto predial, distrito de Cayma 2017es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadaes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Alas Peruanas. Facultad de Derecho y Ciencia Políticaes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
renati.author.dni44143213
renati.advisor.dni29408806
renati.advisor.dni29617182
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_ES
renati.discipline421016es_ES


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