Please use this identifier to cite or link to this item: https://hdl.handle.net/20.500.12990/11715
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dc.contributor.advisorBarrios Valer, Edwines_ES
dc.contributor.advisorMiranda Miranda, Pablo Felipees_ES
dc.contributor.authorCayo Salazar, Luis -
dc.date.accessioned2023-07-31T16:41:02Z-
dc.date.available2023-07-31T16:41:02Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12990/11715-
dc.description.abstractEl objetivo general fue analizar el D.S.11-EMG/A2.c. (Reglamento Administrativo de Tránsito Militar en Tiempo de Paz) artículo 50, segundo párrafo, que regula el otorgamiento de licencia (brevete militar) para conducir vehículos particulares a los oficiales de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, que vulnera el principio de legalidad e igualdad. Fue de tipo básica, con un nivel de investigación explicativo, el método fue deductivo, el diseño fue no experimental. La muestra fue de 954 encuestados. La técnica fue la encuesta y el instrumento es el cuestionario. Se ha concluido que existen dos decretos supremos que regulan el otorgamiento de licencia para conducir vehículos particulares, por un lado, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones que otorga a todos los ciudadanos (militares, policías y civiles), que cumplan con los requisitos y por otro el Ejército Peruano expide solo a militares y policías con jerarquía de oficial, vulnerándose el principio de legalidad. De la investigación también resulta que se vulnera el principio de igualdad, cuando los militares y policías con rango de oficial pueden acudir ante el Ejército Peruano, mientras que los civiles acuden ante el MTC, donde también podrían acudir los militares y policías, asimismo, el D.S.11-EMG/A2.c, solo autoriza a los oficiales a conducir vehículos particulares con el brevete militar y a los subalternos no. De igual modo, fue determinada la existencia de una antinomia impropia-teleológica, porque los fines de tal norma, no fueron precisamente el otorgar licencia para conducir vehículos particulares, sino, dotar al ejército peruano de una norma que le permita velar por los intereses del Estado.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Alas Peruanases_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.subjectPrincipio de legalidades_ES
dc.subjectPrincipio de igualdades_ES
dc.subjectVulneraciónes_ES
dc.subjectLicencia de conducires_ES
dc.subjectBrevete militares_ES
dc.subjectVehículos particulareses_ES
dc.titleAnálisis del d.s.11-emg/a2. c.-(reglamento administrativo de tránsito militar en tiempo de paz) artículo 50, segundo párrafo, que otorga licencia para conducir vehículos particulares a los oficiales de las fuerzas armadas y policía nacional, que vulnera el principio de legalidad e igualdad, Arequipa, 2020 - 2021 es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Alas Peruanas. Facultad de Derecho y Ciencia Políticaes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
renati.author.dni24970594-
renati.advisor.dni24705026-
renati.advisor.dni09645100-
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0001-7887-6190es_ES
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0003-2853-148Xes_ES
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_ES
renati.discipline421016es_ES
renati.jurorCalla Colana, Godofredo Jorgees_ES
renati.jurorBulnes Tarazona, Carlos Rodolfoes_ES
renati.jurorMiranda Miranda, Pablo Felipees_ES
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