Deducibilidad en renta de personas naturales 2019
Resumen
La presente investigación titulada “DEDUCIBILIDAD EN RENTA DE
PERSONAS 2019”, ha sido desarrollada con el fin de explicar cuáles son los
gastos deducibles en el caso de generación de renta de personas, asi como
explicar, determinar las fuentes productoras de este tipo de renta y las
condiciones para aplicar las deducciones. Asimismo, como se determina el
impuesto a la renta de personas naturales 2019, pues los gastos deducibles
inciden en la determinación de la base imponible y por ende en el calculo del
impuesto a la renta para efectos de la presentación de la declaración jurada
anual de personas naturales.
Es sabido que los tributos que pagan los contribuyentes sean personas
naturales y/o jurídicas formales contribuyen al ingreso fiscal con lo cual el Estado
puede cumplir con sus obligaciones con la Nación de acuerdo a lo que le
demanda la Carta Magna, que entre se encuentra la salud, educación, seguridad,
etc., pero gracias a la evasión o falta de fiscalización en ocasiones no todos los
que deberían cumplir con el pago de tributos lo hacen sea por desconocimiento
o mala praxis de los gastos deducibles.
14
Asimismo se ha revisado informacion sobre investigaciones anteriores a
la presente los que han sido consignados dentro de los antecedentes nacionales
e internacionales lo cual me ha servido como insumo para conocer mas las
realidades de otros medios y se ha desarrollado informacion sobre las fuentes
generadoras de renta de personas para lo cual se ha considerado los tipos de
renta, gastos deducibles y se presenta un caso práctico en el que se cuenta con
informacion de los ingresos de la persona y las retenciones que se le ha
efectuado en el ejercicio económico 2019, con lo cual se ingresó al simulador
de la pagina web del Portal de Sunat y se consignó dicha informacion
efectuándose los cálculos respectivos obteniéndose como resultado la base
imponible al cual se le dedujo las retenciones y deducciones, obteniéndose
finalmente el saldo de la deuda tributaria a favor del fisco.
Finalmente se concluye en que si es posible deducir gastos en el caso de
rentas de trabajo, siempre que se cumpla lo siguiente: los gastos cuenten con
los documentos sustenta torios correspondientes (según la ley de comprobantes
de pago), los comprobantes emitidos máximo al 31 de diciembre correspondan
a emisores que se encuentren en calidad de activo y habido, la operación haya
sido bancarizada, salvo excepción por disposición normativa y que estos hayan
sido cancelados máximo al 31 de diciembre de 2019.