La responsabilidad civil extracontractual y la alienación parental, Piura 2016
Resumen
La familia se caracteriza por la coexistencia de dos relaciones: la primera entre los padres propiamente dicho y la restante entre los padres e hijos; siendo ello la curiosidad por la presente investigación al analizar la factibilidad de aplicar la responsabilidad civil extracontractual cuando se acredite la existencia de un daño en el cual al niño, niña o adolescente sea utilizado como instrumento, a quien se le proporcione información que tiene a transformar su conducta hacia su progenitor o progenitora.
La investigadora propone que se incorpore el artículo 233°-A en el Código Civil peruano, toda vez que de esta forma se protegerá no sólo el interés superior del niño sino también se conservará la relación entre padres e hijos; con ello los lazos familiares se fortalecerán indistintamente se encuentren en proceso de separación de hecho, matrimonio o divorcio; de esta forma, toda conducta encaminada a obstaculizar o alterar la relación y comunicación entre padres e hijos si causa un daño debe ser materia de indemnización, previa presentación de Informe Psicológico.
En tal sentido, la investigadora promueve la aplicación de la Responsabilidad Civil Extracontractual hacia el padre o madre que utilice al niño, niña o adolescente como instrumento para perjudicar la relación de padres e hijos; siendo necesario señalar que esta acción de carácter civil no deber aplicable cuando exista de por medio un proceso de alimentos, correspondiendo al Juez evaluar cada concreto, estableciendo los correctivos contemplados en la normatividad vigente.