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dc.contributor.advisorZevallos Echegaray, Marco Manueles_ES
dc.contributor.advisorAcosta Guillen, Maribeles_ES
dc.contributor.authorMeléndez Delgado, José Manuel
dc.date.accessioned2021-10-26T22:13:18Z
dc.date.available2021-10-26T22:13:18Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12990/2695
dc.description.abstractEl problema de la presente investigación es que en la Ley N°30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, se habría omitido en su Art. 22° Medidas de protección, la protección económica inmediata, pese a que en su Art. 8°, considera la violencia económica, en su Art. 16°, considera las medidas cautelares que resguardan pretensiones de alimentos y en su Art. 22°, numeral 6, considera, cualquier otra requerida para la protección de la integridad personal y la vida de sus víctimas o familiares; originando con esta situación que el derecho a la dignidad de las victimas sea vulnerada. Por ello, nuestra investigación tiene como principal objetivo general establecer la protección económica inmediata en la Ley N° 30364, en su Art. 22° garantizando el derecho a la dignidad de las víctimas; asimismo con la finalidad de cumplir con el objetivo propuesto, se utilizó el método cuantitativo en su nivel explicativo, usándose la técnica de la encuesta mediante el instrumento denominado cuestionario, que contiene diecisiete preguntas cerradas aplicado en una población de veinte mujeres casadas, divorciadas, convivientes, ex convivientes, solteras y con hijos menores de edad, que se encontraban ejerciendo sus derechos en un proceso judicial, en la tercera fiscalía Penal Provincial del distrito fiscal de Arequipa. Se concluye en la idea de que la presente investigación permitirá que las mujeres casadas, divorciadas, convivientes, ex convivientes, solteras y con hijos menores de edad que son víctimas de violencia; quienes debido a que no cuentan con los recursos económicos necesarios para cubrir sus necesidades básicas y las de sus menores hijos para poder subsistir, no queden en total desamparo económico, obligándose a pedir ayuda a sus agresores, ocasionando esta situación el que se afecte su dignidad.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Alas Peruanases_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.subjectLey N°30364es_ES
dc.subjectArt. 22°es_ES
dc.subjectProtección económica inmediataes_ES
dc.subjectMedidas de protecciónes_ES
dc.subjectDerechoes_ES
dc.subjectOmisiónes_ES
dc.subjectDignidades_ES
dc.subjectVictima
dc.titleLa omisión de la protección económica inmediata, en la Ley N° 30364, Art. 22º sobre las medidas de protección; y el Derecho a la Dignidad de las Víctimases_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Alas Peruanas. Facultad de Derecho y Ciencia Políticaes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
renati.author.dni29304947
renati.advisor.dni40365464
renati.advisor.dni29566426
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-4156-5011es_ES
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_ES
renati.discipline421016es_ES


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