Pensión de alimentos para hijos mayores de edad frente al peligro de subsistencia del padre alimentante, Lima 2017
Fecha
2019-11Autor
De la Cadena Mosquera, Lizbeth Azucena
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El objetivo general del trabajo fue determinar la manera en que el
otorgamiento de pensión de alimentos para hijos mayores de edad pone en
peligro la subsistencia del padre alimentante (obligado), por consiguiente la
pregunta de general fue ¿De qué manera el otorgamiento de la pensión de
alimentos para hijos mayores de edad pone en peligro la subsistencia del padre
obligado? El tipo de investigación fue básica, nivel descriptivo, el método
inductivo, el diseño no experimental y la teoría fundamental. La población fue
de diez profesionales del derecho, ex especialistas del poder judicial, asistentes
en función fiscal, fiscales del Ministerio Público sede San Juan de Miraflores y
otros abogados independientes con especialidad en derecho civil y de familia;
y se escogió como muestra a cuatro de ellos. Las técnicas fueron: la
observación, la recolección de datos, el fichaje y la entrevista; y como
instrumento, la guía de entrevista. El supuesto fue que el otorgamiento de
alimentos para los hijos mayores de edad pone en peligro la subsistencia del
padre obligado (alimentante) por el gran desmedro patrimonial que este se ve
obligado a brindar a pesar que el estado de necesidad ya habría culminado o
disminuido; finalmente se obtuvo como una de las conclusiones que el
otorgamiento de los alimentos para hijos mayores de edad sí pone en peligro la
subsistencia del padre obligado pues se ve obligado por ley a brindar pensión
de alimentos hasta los 28 años de edad (edad subestimada), ello implica que
tenga un desmedro económico y no pueda valerse por sí mismo ni a otros
miembros de su familia que todavía dependen de él y como recomendación
que en los otorgamientos de pensión de alimentos para hijos mayores de edad
se debe tomar en cuenta, en igual magnitud, lo que solicita del alimentista y la
posibilidad del padre que lo brindará y ver si es totalmente necesario ello, a
pesar que afecte la capacidad del padre obligado y vea en riesgo su
subsistencia, teniendo en cuenta que ya no se trata de un menor de edad sino
de una persona mayor de edad que puede generar recursos propios y que no
necesita de su progenitores para esa etapa de la vida.