Criterios juriprudenciales referidos a la prevalencia de los Derechos reales o personales inscritos: casasiones, periodo 2009 - 2014
Resumen
La presente investigación, tiene por objetivo: Determinar los criterios jurisprudenciales referidos a la prevalencia de los derechos reales o personales inscritos. En el proceso de recolección de datos se aplicó la técnica de Observación documental de doce sentencias a nivel nacional presentadas a la Corte
Suprema de Justicia, los resultados fueron debidamente tabulados y sistematizados en cuadros y graficas estadísticas. Los principales resultados demostraron que: Los recursos fueron admitidos amparados principalmente en la inaplicación o interpretación errónea del artículo 2022, en casi la totalidad de casos y/o en la inaplicación o interpretación errónea de los artículos 2020, 2014, 2016, 949 y 1135 principalmente. Para la resolución jurisprudencial en los casos aplicaron los artículos 2014 y 2016 referidos a la fe pública registral, cuando se inscribió el embargo no aparecía inscrito el titulo del tercerista y cuando se acredita el derecho real mediante escritura pública son declarados derechos de diferente naturaleza; aplicándose las normas de derecho común; sin embargo en los demás casos aplicaron el artículo 949, indicando que no es necesaria la inscripción de la escritura pública en registros públicos para que la transferencia sea oponible a terceros. En las resoluciones no exista unidad de criterios para resolver este conflicto y existe una ligera prevalencia en los criterios de protección al
derecho real, el cual goza de oponibilidad absoluta, estando inscrito o no en Registros Públicos ya que según el Art 949 no exige el perfeccionamiento; y se aplica el principio de inoponibilidad al derecho personal inscrita.