Arrendamiento financiero - operativo y nuevas normas aplicables a partir del año 2019
Resumen
El Arrendamiento, es un contrato o parte de un contrato, que trasmite el
derecho a usar un activo subyacente al contrato (activo que está sujeto a un
arrendamiento) por un periodo de tiempo a cambio de una contraprestación en
efectivo. Se clasifican en Arrendamiento Financiero y Arrendamiento Operativo.
Arrendamiento Financiero; es contrato Mercantil que tiene por objeto la
Locación (transferencia) de bienes muebles o inmuebles por una empresa
locadora (arrendador)para el uso por la arrendataria, mediante pago de cuotas
periódicas y con opción a favor de la arrendataria de comprar dichos bienes por
un valor pactado.
Arrendamiento Operativo; es un contrato Mercantil en el cual la empresa
que arrienda los bienes es el propio fabricante o distribuidor de los mismos. En
este contrato la propiedad del bien se mantiene en manos del arrendador y en
este tipo de contrato se puede dar por terminado el contrato de arrendamiento
en cualquier momento.
Diferencia principal entre Arrendamiento Financiero u operativo es; en
el arrendamiento financiero si se transfieren sustancialmente todo los riesgos y
beneficios inherentes al bien y en cambio en el arrendamiento operativo no se
transfieren sustancialmente todo los riesgos y beneficios inherentes al bien.
Marco legal la NIC 17 Arrendamientos, NIC 16 Propiedad, planta y equipo,
y Decreto Legislativo N° 299. A partir del 01 de enero del 2019, entra en
vigencia la NIIF 16 Arrendamientos, que sustituye a la NIC 17
Arrendamientos.