Vulneración del principio de oralidad y transgresión del debido proceso en los juzgados penales de Huamanga año, 2020
Resumen
El propósito principal de esta indagación estuvo centrado en conocer la relación existente
entre vulneración del principio de oralidad y debido proceso en el juzgado penal de
Huamanga. El enfoque del estudio fue cuantitativo, tipo descriptivo y nivel correlacional,
el diseño fue no experimental, con método hipotético y deductivo. Con unidad de análisis
de 80 personas, su técnica la fue encuesta y su herramienta el cuestionario. Las evidencias
en hipótesis general, indican la relación significativa entre la vulneración del principio de
oralidad y transgresión del debido proceso en juzgado penal de huamanga, con un valor r
de 0.502 promedio. En su hipótesis específica uno, se evidencia que existe una relación
significativa entre la vulneración del principio de oralidad y las garantías esenciales en el
debido proceso con un r de 0,341 que indica un nivel regular. En su hipótesis específica
dos, se aprecia que existe una relación significativa entre la vulneración del principio de
oralidad y derecho de defensa, con un r de 0,509 que indica un nivel medio. En su
hipótesis específica tres, se evidencia que existe una relación significativa entre la
vulneración del principio de oralidad y su debida motivación en el debido proceso con un
r de 0,514 que indica un nivel medio. En su hipótesis específica cuatro, se evidencia la
existencia de una relación significativa entre la vulneración del principio de oralidad y
derecho a la pluralidad en el debido proceso, con un r de 0,341 de nivel regular. Es
evidente la inquietud de los operadores de justicia por optimizar los procesos, para una
adecuada atención que garantice la coherencia y refuerce la oralidad en el proceso penal,
ponderando las garantías esenciales. Existe un claro deseo de mejorar el servicio en los
juzgados. A una adecuada ponderación del principio de oralidad mejor valoración del
derecho a una defensa, que facilita una comunicación directa de las partes. También existe
preocupación en los funcionarios responsables de la justicia por aumentar la confianza de
la población, ello será posible cuando se exija el cumplimiento obligatorio del principio
de oralidad tanto en primera como en la segunda instancia, a fin de no transgredir el
debido proceso ni la legalidad.