Los beneficios penitenciarios de libertad anticipada a los condenados por los delitos de tráfico ilícito de drogas previsto en el art 297 del Codigo Penal en el Distrito Judicial de Ayacucho, año 2016
Resumen
El Objetivo: Determinar los beneficios penitenciarios que contribuyen a resocializar a los condenados en TID previsto en el art 297 del Código Penal en el distrito judicial de Ayacucho. Métodos: Se aplicó encuestas anónimas, utilizando como instrumento la SPSS.Dimensiones: Redención de la pena con la semilibertad. Redención de la pena con liberación condicional. Computo de tiempo con beneficios penitenciarios. Condenas por Tráfico Ilícito de Drogas. La validez del instrumento estuvo dada por tres (05) expertos en el tema de investigación y la confiabilidad fue dada por el coeficiente de Alfa de Cronbach (0.994).
Resultados: Como respuesta de las preguntas 1 al 4 dirigidas a jueces, fiscales y abogados especialistas en derecho penal, reflejan que los grupos de entrevistados coinciden en términos generales que los beneficios penitenciarios de liberación anticipada contribuyen a resocializar a los condenados en TID previsto en el art 297 del Código Penal.. Conclusiones: Los beneficios penitenciarios de liberación anticipada contribuyen a resocializar a los condenados por delito TID previsto en el art 297 del C: Semilibertad (82%) y liberación condicional (82%), y una reinserción a la actividad laboral (82%) y reinserción a la actividad educativa (36%). Recomendaciones: Desarrollar e incrementar actividades que permitan a los condenados por TID previsto en el art 297 del C, obtener mayores beneficios penitenciarios con reinserción a la actividad educativa (36%).