Derecho internacional sobre el secuestro y su influjo en las Normas Peruanas con implicancia en el Distrito de Ica, periodo 2014 – 2016
Resumen
El respeto por el derecho a la integridad personal impone a las demás la obligación de abstenerse de torturarla, de inferir tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como realizar experimentos médicos ilícitos. El respeto por su derecho a la libertad individual impone al resto de los miembros de la humanidad la obligación de abstenerse de esclavizarla, de reducirla a servidumbre, de hacerla objeto de la trata, de imponerle trabajos forzosos o de convertirla en víctima de secuestro, toma de rehenes o desaparición forzada.
Todas esas conductas, acciones delictivas frente a la normativa penal, también son relevantes ante las diversas ramas del derecho internacional, los mismos que protegen los derechos fundamentales de la persona. Tales conductas pueden ser internacionalmente consideradas, según el caso, como violaciones de los derechos humanos, como crímenes de guerra o como crímenes de lesa humanidad.