El principio de non bis in ídem en la sanción administrativa tributaria y la condena penal por defraudación tributaria en la administración tributaria de Lambayeque, 2016
Resumen
La presente investigación tiene por finalidad determinar si la sanción por defraudación tributaria influye en el principio de Non Bis in Ídem, en la región Lambayeque, tomando como referencia el período de enero a octubre del 2016.
La SUNAT tiene la potestad sancionadora ante la presunta comisión de una infracción administrativa. El ejercicio del ius puniendi de parte del Estado, debe ser realizado una sola vez: se sanciona en vía administrativa o penal. Existe un sustento jurídico por el cual consideramos la prevalencia del Derecho Penal frente a un hecho que configura delito e infracción administrativa al mismo tiempo, como en el caso de la defraudación tributaria y la multa por declarar cifras o datos falsos. La investigación es de tipo técnica, pura o básica con nivel de investigación explicativa, con un diseño no experimental, transversal. Teniendo como unidad de análisis los abogados inscritos en el Ilustre Colegio de Abogados del Departamento de Lambayeque.
Se concluye que la sanción por defraudación tributaria influye vulnerando el principio de Non Bis in Ídem, cuando se sanciona al contribuyente administrativamente con la multa emitida por la Administración Tributaria por declarar cifras o datos falsos por dejar de pagar tributos y a su vez se sanciona penalmente al contribuyente por defraudación tributaria en la Región Lambayeque, cuyo perjuicio fiscal es precisamente el tributo dejado de pagar.