Derecho Civil: (Reivindicación)
Resumen
El presente informe de suficiencia, aborda sobre el estudio y análisis de expediente N° 07139-2013-0-0401-JR-CI-04 que versa sobre la demanda de fecha 09 de diciembre de 2013, el demandante CELSO MARCELINO ACACHO ACHACO interpuso demanda de ACCIÓN REINVIDICATORIA para que el demandado se sirva a restituir el inmueble urbano de 200 m2 que ocupa indebidamente ubicado en el Asentamiento Humano Pedro P. Díaz Mz. 16 Lt. 04 distrito de Cerro Colorado - Arequipa, y como pretensión accesoria la DEMOLICIÓN DE TODO LO EDIFICADO para que pueda CONSTRUIR POSTERIORMENTE, establecidas en las siguientes sentencias:
En primera instancia, con fecha 13 de enero de 2016 mediante sentencia N° 04-2016 la Sala FALLO: Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por JUANA PASTORA ACHACO ACHACO a través de su apoderado CELSO MARCELINO en contra de OLSEN ALAYN LOAIZA YAJO sobre REIVINDICACIÓN en consecuencia ORDENO al demandado desocupe el bien inmueble. Además declaró FUNDADA la demanda respecto a la demolición de la construcción.
En segunda instancia, con fecha 16 de febrero del 2017 mediante sentencia de Vista Nro. 76-2017-2SC, REVOCARON: La Sentencia de Primera Instancia Nro. 04-2016 del 13 de enero de 2016 y siguientes en los extremos apelados, arreglada a Ley, REFORMANDOLA declararon infundada la demanda interpuesta por las razones expuestas.
Finalmente, es importante señalar que uno de “los atributos del derecho de propiedad es la reivindicación, entendida como la pretensión destinada a conseguir la restitución de la posesión del bien, posesión de la cual, el propietario, se encuentra privado, por persona que solo tiene la calidad de poseedor. Asimismo, la propia naturaleza del derecho de propiedad excluye la posibilidad de que otra persona alegue un derecho idéntico sobre el mismo bien, por ello, el ejercicio de la reivindicación comprende también la posibilidad de recuperar la posesión del bien, incluso de una persona que se le atribuye el derecho de propiedad” (Corte Superior de Justicia).