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dc.contributor.advisorHermoza Calero, Jessica Pilares_ES
dc.contributor.advisorMiranda Miranda, Pablo Felipees_ES
dc.contributor.authorMeneses Serpa, Leidy Yanely
dc.date.accessioned2025-02-18T01:55:34Z
dc.date.available2025-02-18T01:55:34Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12990/13836
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza un expediente civil sobre desalojo por ocupación precaria. La demanda fue interpuesta por HUAYTA GUTIERREZ DONY ANGEL, a fin de que ésta les restituya el inmueble de su propiedad, toda vez que no tenía ningún título que acredite su posesión. El demandado contestó la demanda, sosteniendo que los demandantes no fueron primigeniamente los propietarios del referido bien inmueble, El Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima Sur, resolvió declarando Fundada en parte la demanda; en consecuencia, ordenó que la demandada cumpla con restituir a favor de los accionantes el ambiente que ocupaba dentro del inmueble, toda vez que de la copia literal de la Partida Registral N° 03037249, queda acreditado que los demandantes son copropietarios del inmueble materia de litis; y que, los medios probatorios presentados por la demandada, no demuestran que cuente con título que legitime su posesión sobre el inmueble materia de litis. La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Limar Sur, confirmo la sentencia apelada y, reformándola, declaró Improcedente la demanda, señalando que un copropietario no poseedor no puede interponer una acción posesoria, quedando reservado su derecho a recurrir a la vía correspondiente. Además, la demandada no puede ser considerada ocupante precaria, porque la justificación de uso y disfrute del bien se sustenta con los medios probatorios presentados, tal como el Acta Fiscal. La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, declaró Infundado el recurso de casación interpuesto por los demandantes, al considerar que no hubo vulneración al derecho a un debido proceso ni infracción normativa a los artículos 911°, 921°, 923° y 326° del Código Civil; en consecuencia, no casaron la sentencia de vistaes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Alas Peruanases_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_ES
dc.subjectDesalojoes_ES
dc.subjectRobo agravadoes_ES
dc.titleDerecho civil: (Desalojo), Derecho Penal: (Robo agravado)es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadaes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Alas Peruanas. Facultad de Derecho y Ciencia Políticaes_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
renati.author.dni73421734
renati.advisor.dni08875469
renati.advisor.dni09645100
renati.advisor.orcidhttps:/orcid.org/000-0001-9070-7250es_ES
renati.advisor.orcidhttps:/orcid.org/ 0000-0002-9964-3115es_ES
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_ES
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_ES
renati.discipline421016es_ES


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